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domingo, 9 de junio de 2019

¿Delincuentes con toga?



“Desgraciada la generación cuyos jueces merecen ser juzgados” (El Talmud).

Diversos medios periodísticos han referido supuestas transferencias millonarias al ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Eduardo Medina Mora, hechas a cuentas tanto de Estados Unidos como de Gran Bretaña sin que exista justificación para ello. Se sospecha, según reporta el periodista Salvador García Soto en su columna “Serpientes y Escaleras” (El Universal, 5.06.2019), que pueden ser pagos por sentencias emitidas en la SCJN, lo que pondría, o debiera poner, en la mira de la justicia federal al presidente de la Sala Segunda del máximo tribunal mexicano.

Cabe recordar que el citado ministro es producto de la época prianista en el poder público y que en más de una ocasión fue señalado como “violador de derechos humanos” (Proceso, 10. 03.2015) y “protector de narcotraficantes” (El Imparcial, 21.11.2018), además de ser el ministro que atrajo los expedientes y fue ponente en el caso de las demandas por nivelación de pensiones contra el ISSSTESON, en un fallo a favor de este organismo y en perjuicio de muchos derechohabientes pensionados y jubilados de Sonora, debido a una muy desaseada interpretación de la ley que fue celebrada por las autoridades locales como un logro y un respiro para las saqueadas arcas del citado organismo.

Si en enero nos encontramos con el citado bodrio legal que ignoró los cientos de casos resueltos a favor de los jubilados demandantes, la Junta Directiva del ISSSTESON tuvo a bien aplicar el mismo criterio jurisprudencial de Medina Mora (referido a la nivelación de pensiones) al monto de la pensión que deberían recibir los trabajadores a partir del 28 de febrero, de tal manera que los trabajadores universitarios jubilados el 1 de mayo vieron reducida su pensión al 29 por ciento.

Como usted sabe, tal medida de presión estuvo enfocada a obligar a la UNISON a firmar un convenio modificatorio del entonces vigente contrato de prestación de servicios de seguridad social, pesando la amenaza de “desafiliar” a los trabajadores si no se firmaba dicho convenio, lo cual se logró el pasado lunes 3, quedando demostrado una vez más que en Sonora puede más la política dictada desde el poder que la legalidad y la justicia.

Ante hechos consumados, los opositores al nuevo convenio deben esperar a que surjan las reclamaciones de afectación personal por el cambio en las condiciones de acceso a la seguridad social, de acuerdo a lo dispuesto en el convenio modificatorio, ya que persigue fines eminentemente recaudatorios en los términos de una ley cuya aplicación tiene visos de ser retroactiva y, por tanto, ilegal, dado que afecta a personas cuyo ingreso laboral a la UNISON es de fechas anteriores a 2005, año en que se reforma la ley 38 del ISSSTESON que sólo tendría efectos justificados en las generaciones de trabajadores con fecha de ingreso posterior a ese año y que, en consecuencia, cumplirían con los 35 años de cotización hasta 2040.

En otras palabras, el nuevo convenio obliga a la UNISON y sus trabajadores a pagar por más tiempo una mayor cantidad de dinero por concepto de cuotas y aportaciones, lo que ofrece la posibilidad de que haya quienes se consideren afectados por haber ingresado a trabajar bajo otros supuestos legales, mismos que están contemplados en la ley 38 anterior a 2005 y al contrato de prestación de servicios vigente hasta este 3 de junio y que, por ese concepto, puedan intentar promover algún recurso legal contra disposiciones que consideren lesivas a sus intereses legítimos, empezando por la aplicación retroactiva de la citada ley.

En este orden de ideas, las organizaciones sindicales probablemente se verían en la obligación de recoger las inconformidades y demandas de sus agremiados derivadas de la aplicación de las nuevas disposiciones del convenio, lo cual se pudiera reflejar en el contenido y la forma de sus reclamos ante la autoridad universitaria y que ésta, a su vez, se viera en la necesidad de plantear, como parte contratante, objeciones y propuestas de cambio al citado convenio suscrito con ISSSTESON.

En este contexto, quizá se entienda que la opción de respetar el contrato de marzo de 1990 tenía sus bondades y que hubiera bastado con que la UNISON reportara la nómina real como base para los descuentos, de acuerdo a su obligación legal, para evitar el despropósito de la retroactividad en la aplicación de la ley, la obscena agresión a los universitarios y el descrédito de dar por buena una aberración legal como es la ofrecida por el ministro Medina Mora en el caso de las nivelaciones de pensiones y la no menos criticable decisión de la Junta Directiva del ISSSTESON de aplicar ese criterio en el caso del sorpresivo recorte al monto de las pensiones, cuestión que, como queda dicho, se plasmó en su acuerdo de fecha 28 de febrero del presente y que se aplicó como amenaza y medio de coacción a la comunidad universitaria.

El ministro favorito de la gobernadora del Estado y del director del ISSSTESON está bajo los reflectores de la opinión pública, por la extendida sospecha de que algunas de sus decisiones en la SCJN pudieran haber obedecido a intereses ajenos a la legalidad. Sin duda es un escenario complicado que pone en entredicho la probidad de los integrantes del poder judicial de la nación a pesar de que hasta la fecha sólo existan indicios y advertencias de la inteligencia financiera de otros países y todavía ninguna denuncia formal en México contra el ministro Medina Mora, ave de tempestades por lo que parece ser una inclinación personal a la interpretación facciosa de las normas jurídicas en beneficio de la leperada y el engaño. Pero a cada uno se le llega su día. Esperemos.







  



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