Notas Sueltas es un espacio de opinión sobre diversos problemas de carácter social, económico y político de interés general. Los comentarios pueden enviarse a: jdarredondo@gmail.com

lunes, 18 de septiembre de 2017

Tema en construcción

                              “La verdad nunca daña una causa que es justa” (Mahatma Gandhi).

El pasado viernes 15, a las nueve de la mañana, nos situamos en la planta baja del Edificio Principal de la Unison, con el fin de protestar por la suspensión ilegal de los trámites de jubilación o pensión que afectan a más de 150 trabajadores universitarios entre manuales, administrativos y académicos. Se había citado a un mitin y rueda de prensa, pero hubo cambio de programa y no se dio el encuentro con los medios.

Pocos minutos después de la hora citada el orador designado explicó la grave e irregular actitud del Isssteson de detener un proceso que es legal, legítimo y constituye una obligación del Instituto en los términos de su misión. La seguridad social de los trabajadores no puede ni debe tomarse como moneda de cambio y ser condicionada por razones ajenas al propio contrato de prestación de servicios vigente, y constituye una clara violación del procedimiento establecido.

Según la Ley 38 del Isssteson, la Junta Directiva dispone de un plazo de 30 días después de integrado el expediente para dictaminarlo, y 30 días más para ser firmado por el gobernador del Estado. Pues todo bien, sólo que el expediente puede dormir el sueño de los justos en alguna gaveta entelarañada en espera de que a alguien se le ocurra revisar e integrar los documentos y turnar el expediente a la citada Junta Directiva para su análisis y aprobación. Hay quienes tienen un año esperando su dictamen.

Pues de ese tiempo perdido se ha servido el director Claussen como mecanismo de presión a los organismos afiliados para que accedan a firmar un nuevo convenio, cuya finalidad es la de conseguir recursos a costa de los trabajadores, al aumentar las cuotas para compensar el saqueo del fondo pensionario perpetrado por la anterior administración estatal. El citado funcionario prometió públicamente, el pasado 14 de marzo, que “al día siguiente” se regularizaría la situación de los trámites, estando reunidos los dirigentes de los dos sindicatos universitarios y un grupo de trabajadores que nos manifestamos frente al edificio del Instituto.

Ese “día siguiente” tuvo una actualización el día 29 de agosto, cuando el funcionario dijo que “en 72 horas” fluirían los expedientes y los 519 casos pendientes en el Estado se resolverían. Vale la pena subrayar que, tras la sesión de promesas y apapachos, pidió a los secretarios generales de los diversos sindicatos reunidos que promuevan “la firma del nuevo convenio”. Hasta el momento (sábado16 de septiembre), no hay resultados y la “solución en 72 horas” sigue siendo otra tomadura de pelo.

Tras el mitin se entregó un escrito con las demandas en la Rectoría de la Universidad de Sonora, llamando la atención la actitud relajada y comunicativa del funcionario encargado de recibir a los manifestantes. Comentó que la institución está haciendo las gestiones necesarias para que el problema de los expedientes se resuelva y que las manifestaciones públicas y la presión de los trabajadores no están de más para agilizar las cosas. Según los comentarios, tiene muy claro que la presión de Isssteson por la firma de un nuevo convenio es con la finalidad de “fondearse” a costa de los trabajadores y los organismos afiliados, coincidiendo en que tal instrumento es abusivo.

Ya en la planta baja, cuando la comisión estaba a punto de abandonar el edificio llegó el Rector y se estableció un intercambio de ideas sobre el problema de las jubilaciones y del propio convenio. La actitud fue receptiva, y dejó entrever que ya se han analizado las implicaciones de la firma porque explicó que, en el nuevo marco de relaciones propuesto, los trabajadores de menos de 25 años de servicios pagarían una cuota diferencial pero los nuevos tendrían que cubrir el 100 por ciento de la cuota para poder obtener la pensión completa. Los trabajadores de 26 o más años de antigüedad pagarían lo mismo para recibir lo mismo. Sin embargo, expresó la idea de que no hay que hacer ruido “para no afectar los trámites” de los expedientes pendientes.

Según se ve, el tema de la seguridad social aún está en construcción en la mente de los afectados de hoy, del mediano y del largo plazo. La “conciencia social” pasa por la urgencia que un individuo siente en el momento en que algo lo afecta. Cuando el destino lo alcanza entonces acude al sindicato, expresa su problema, pega de gritos y exige soluciones. Mientras no le llegue al pellejo, el mundo puede rodar y rebotar por donde caiga. Los placebos o las soluciones ofrecidas por el sistema son aceptadas por una buena cantidad de gentes, mientras que el asumir una responsabilidad social que no les afecte, aquí y ahora, da flojera, cansa de sólo pensarla, es cosa de aquellos de enfrente que siempre andan metidos en grillas; aunque no faltan expresiones ratoneras como eso de “yo ya cumplí, ahora toca a otros”, forma elegante de decir “ahí se la echan”.

Para quienes dirigen las instituciones, la consigna es no pisar callos en el gobierno, ser una pieza más en el juego de complacencias montado para no dañar la imagen pública del gobernador en turno: reclamar poquito y de buena manera, sofocar disidencias y planchar el camino para el lucimiento de quienes ostentan el poder. Las leyes, el deber, son lo de menos. Esta conducta se puede observar también entre los dirigentes sindicales, aspirantes algunos a reciclajes permanentes, que ponen por prioridad engordar y servir “al patrón”, al “preciso”, sin pararse a considerar el mandato de sus estatutos y las necesidades de sus agremiados. En ellos se ve claro el poder de la colonización ideológica que penetra en las mentes débiles que son fácil presa de la ilusión de formar parte del aparato de dominación, aunque sea periféricamente. La conciencia social y la lucha ciudadana también son asuntos que están en construcción.


Antes de iniciar el mitin frente al edificio de Rectoría, no faltó quien manifestara en conversación de corrillo su decepción por la escasa participación del sindicato, su cansancio por tanta apatía, su hartazgo de corruptelas ratoneras y traiciones enanas. Le recordamos que el sindicato somos todos, que las dirigencias no son propietarias ni de la organización ni de nuestras conciencias; que, si hay que nadar contra la corriente lo haremos hoy, mañana, y siempre que sea necesario. Los rostros de las dos valiosas y respetables maestras con las que conversábamos dejaron ver un rayo de luz esperanzada en ese futuro que podemos y debemos construir. La seguridad social es asunto de todos y su defensa también. Sólo así será posible una vejez con futuro.  

viernes, 8 de septiembre de 2017

Firmas y te vas

         “Una cosa no es justa por el hecho de ser ley. Debe ser ley porque es justa(Montesquieu).

Los nuestros son tiempos difíciles, tiempos complejos en los que las ganas de abandonar la trinchera pueden ser tentación recurrente y reclamo en el futuro inmediato de los sindicalistas cuyas organizaciones se consideran y ostentan como independientes. La marea de las presiones del sistema ideológico y político neoliberal calibra constantemente las fuerzas y voluntades de sus opositores, de aquellos que no consienten ser las víctimas del avance de la privatización de las condiciones y normas que rigen las relaciones laborales y sociales.

Tiempos en los que las fisuras ideológicas y políticas de los actores en el drama de la defensa de los derechos laborales y sociales devienen grietas profundas cuando falta el cemento de la convicción y el compromiso, la entrega a un ideal superior que nos abarque a todos, que nos pueda unir en un abrazo solidario e integrador, profundo e incluyente. Tiempos también de separar el grano de la paja, lo sustantivo de lo accesorio y de centrar la atención en los aspectos esenciales de nuestros reclamos y marchar con decisión en busca del cumplimiento de nuestras demandas y del reconocimiento de nuestros derechos y conquistas laborales.

Son tiempos para el sindicalismo universitario en los que los principios de democracia e independencia sindical pueden reafirmarse o, por el contrario, quedar como una expresión hueca en las páginas del estatuto sindical porque hubo fuerzas coyunturales capaces de favorecer el interés patronal o gubernamental por encima del gremial e institucional. Así, mientras que el  primer principio nos advierte y salvaguarda de las decisiones “unilaterales, caprichosas y arbitrarias que tengan como finalidad única y exclusiva la adaptación de una decisión que sólo traiga beneficios y privilegios personalistas o de una minoría” (punto IV de la Declaración de Principios del STAUS), el segundo reconoce “la capacidad de fijarnos como grupo, nuestros objetivos y metas y las acciones para alcanzarlos” y confirma nuestra independencia “orgánica, funcional, política e ideológica frente a las distintas estructuras reales de poder” como son las “autoridades universitarias, el poder público, los partidos políticos, los poderes religiosos, las centrales, federaciones y confederaciones que persigan propósitos de mediatización, control y dominio de diferente tipo” (punto V de la Declaración de Principios del STAUS).

Son tiempos en los que la solidaridad debe extenderse y practicarse en apoyo a los trabajadores y a la defensa de sus derechos, porque no somos nada sin el compromiso de todos; así pues, el sindicalismo universitario entiende la necesidad de incorporarse a la lucha por mejores condiciones para las clases trabajadoras y afirma su “propósito inquebrantable de contribuir, sin limitación alguna, al logro de la unidad de las clases trabajadoras del País” (punto VI de la Declaración de Principios del STAUS).

Un aspecto central de los enunciados que orientan el pensamiento y la acción de los sindicalistas universitarios está en la certidumbre de que la Institución no es una isla, sino que está inmersa en una sociedad cambiante y, sin embargo, debe preservar su identidad, mantenerse fiel a su origen y aquilatar sus principios, fines y tradiciones, de ahí que se defienda la autonomía universitaria, entendida “no como una disgregación o separación del contexto de la sociedad, sino como la capacidad de autogestión universitaria, para poner a la institución al servicio del pueblo” (punto VII de la Declaración de Principios del STAUS).

Así pues, tenemos una organización gremial que se compromete a observar y defender los principios de la independencia y democracia internas; la solidaridad con las clases trabajadoras y la autonomía de la institución a la que sirven y de la que constituyen la parte viva y dinámica. Estos son los cuatro pilares fundamentales del sindicalismo universitario. Pero son tiempos de revaloraciones y redefiniciones, tiempos de reacción consciente a las agresiones del neoliberalismo en las instituciones de educación superior y en todos los subsistemas que integran la educación nacional. Tiempos, pues, de abandonar la comodidad de las inercias y la modorra de lo “políticamente correcto”, del servilismo lacayuno y de las complicidades con las disposiciones, apetitos y deseos de la autoridad.

Tiempos de decir basta y de plantarse ante quienes propugnan por la cancelación de los derechos sociales y laborales de los trabajadores e impedir su avance, tiempos de lucha y oposición a la mercantilización de los servicios de salud y la seguridad social por quienes saquean los recursos de  los fondos pensionarios y sus cómplices que hacen cuentas de los ingresos de los trabajadores para aplicar descuentos criminales que profundizan el deterioro de la capacidad adquisitiva y la calidad de vida de las familias. Tiempos, en fin, de hacer valer la palabra escrita como el testimonio de los compromisos que sentimos como propios y cuyos valores defendemos.

En el aquí y ahora de los universitarios, frente a fuerzas retrógradas e injerencistas, existe y se manifiesta la oposición al absurdo propósito de firmar un nuevo convenio de prestación de servicios de seguridad social entre Isssteson y la Universidad de Sonora. Oposición que no se basa en el capricho o la ignorancia, y que no se guía por la conveniencia falsa de plegarse a los espejismos de soluciones que en realidad no lo son. A los trabajadores de la Unison les asiste el derecho de hacer valer un Contrato de prestación de servicios legal, válido y vigente, de donde resulta un absurdo monumental firmar un nuevo instrumento que les quita derechos y les impone nuevas cargas a sus ingresos. Los platos rotos del desfondo pensionario son responsabilidad del gobierno y no de los trabajadores.


Por elemental congruencia, por dignidad, por responsabilidad histórica, se debe defender la independencia y la democracia sindical, la solidaridad con los trabajadores que están afiliados al Isssteson, y la autonomía universitaria frente al poder público que presiona a la Institución (y a otras en condiciones similares) al detener y lentificar los trámites de las pensiones y jubilaciones de sus trabajadores, con el bajuno propósito de hacerla firmar un convenio inadmisible. Son tiempos de defensa incondicional del verdadero sindicalismo, tiempos de sacar la cara por la Universidad, tiempos de separar el trigo de la paja.

domingo, 3 de septiembre de 2017

La lucha por la seguridad social

“Justicia es un firme y constante deseo de dar a cada uno lo que le es debido” (Justiniano).

A inicios de la última semana de agosto, el director de Isssteson se comprometió ante representantes de varios sindicatos locales que, en un plazo de 72 horas, se resolverían los 519 expedientes de trabajadores con trámite estancado para sus jubilaciones o pensiones. Se turnarían a la jefa de pensiones del Instituto para ver si no tienen faltantes de documentos y, de ahí, pasarían a la Junta Directiva que en sesión extraordinaria pudiera decir sí o no a su tránsito al escritorio de la gobernadora del Estado, para la firma del dictamen correspondiente. Si tal cosa ocurre, las solicitudes aprobadas esperarían tres meses para que las pensiones se empezaran a hacer efectivas. En suma, el funcionario se comprometió, tal como lo hiciera en marzo, en resolver el problema de los trámites suspendidos, congelados y fatalmente arrumbados en algún olvidado cesto de papeles.

Al respecto, el párrafo tercero del artículo 59 de la Ley del Isssteson señala que: “El Instituto deberá resolver la solicitud de pensión en un plazo no mayor de treinta días hábiles a partir de la fecha en que quede integrado el expediente. Dentro de los treinta días hábiles siguientes, el Gobernador del Estado revisará y resolverá en definitiva acerca de la solicitud de que se trate, para los efectos que expresa la primera parte del artículo 108 de esta Ley”. Aquí es claro que a alguien le importó un rábano cuidar la “integración del expediente” y jugó con la desesperación de los afectados generando un mecanismo de presión para forzar a instituciones como la Unison a firmar un nuevo e inadmisible “convenio de prestaciones de seguridad social”. Si se jinetea el dinero, con más razón la ley.

Lo cierto es que a nadie conviene que las solicitudes de pensión duerman el sueño de la ignominia burocrática, habida cuenta que los trabajadores que cotizaron durante 30 años o más no tienen por qué conformarse con excusas porque el Isssteson no cumple con su encomienda política y social de garantizarles un resto de vida digno y vivible.   

Para muchos lo que dice el director del Instituto, o lo que repiten los que lo oyeron, es dogma de fe, independientemente de que la realidad tenga un efecto anticlimático en el jolgorio declarativo y en la confianza (apuesta) institucional en la poca memoria de los interesados o, en su defecto, en la apatía de muchos ante la posibilidad de manifestarse, movilizarse y actuar en defensa de sus propios derechos. Más vale promesa en mano que marchar en medio de estos calores y la incierta respuesta de la sociedad que ve pasar a los trabajadores con la misma atención conque lo hace cuando pasa un camión de la basura.

Aquí, muchos afectados encaramados en una posición típicamente pequeñoburguesa y “madura” en los términos del sistema, pueden pensar: “Para qué nos movemos si la cosa va avanzando”, “qué caso tiene manifestarse si ya firmé un amparo para que el juez cumpla con su obligación legal de ordenar a otros que cumplan con su obligación legal”, “si nos ponemos a protestar en las calles a lo mejor afecta el amparo”, “el dirigente nos dijo que era mejor esperar y confiar”, “¿para qué generar fricciones y enfrentamientos?”, entre otras perlas de un largo y recargado inventario de muestras de autocomplacencia y apatía racionalizada y comodona.

Sin el ánimo de juzgar a las personas afectadas, es notoria la diferencia de actitud entre los trabajadores “de a pie” y los de “cuello blanco”. Entre los primeros se aprecia la molestia y queda claro que quieren soluciones sin “rollo”, sin dilaciones ni excusas; en cambio, en los segundos, entre los que se encuentran los académicos que sienten que durante su vida laboral rozaron el umbral de la autoridad y, en el fondo, están identificados con la parte patronal a la que aspiraron pertenecer en las universidades y otros espacios jerarquizados, predomina lo “políticamente correcto”, la afinidad “institucional” por las decisiones de la autoridad aunque ellos de todos modos tengan que pagar los platos rotos de sus abusos.
  
Como mariposillas atraídas por la flama, prefieren orbitar la figura y disposiciones de la autoridad antes que caer en garras de algún arrebato cívico que los haga sospechosos de ser disidentes, opositores o, incluso, enemigos políticos, colmo del horror y ciénaga terrible que traga y sepulta cualquier aspiración futura; por eso no falta quien se apresure a decir: “apoyamos las gestiones y los tiempos marcados por el señor secretario”, “por el director”, “por el jefe de departamento” o “el coordinador de área”… Mientras tanto, la rueda de la ignominia sigue girando por la carretera pavimentada de la indolencia, la complicidad y la evidencia de que no hay conciencia de clase en muchos de los organismos sindicales, aunque sí una cantidad importante de clientelas y simples consumidores de ventajas y prebendas. La dignidad, como lo demás, puede esperar.

La defensa de la seguridad social, cuya vigencia está en juego, es sorprendentemente permeable a las conveniencias, al “qué dirán”, a la imagen de prudencia y mesura que algunos prefieren presentar ante la autoridad que los ignora olímpicamente mientras pasan arrastrando sus miserias por pasillos, antesalas y oficinas de trámite. Por razones misteriosas, se piensa que los que se mueven y pegan de gritos no van a salir en la foto de los bendecidos por la complacencia y generosidad de la autoridad competente, a contrapelo de la experiencia local y nacional que demuestra que la presión, la protesta, la manifestación pública y la lucha legal son complementarias e insustituibles en los movimientos sociales, en el reclamo de derechos violados, en la oposición a las injusticias y en la reivindicación de los derechos que el gobierno coarta, oculta y regatea.

Lamentablemente, muchos trabajadores que alcanzaron remuneraciones relativamente buenas en su vida profesional sienten que no es lo suyo reclamar derechos, porque se les hace muy “populachero” tomar la calle y marchar lanzando consignas y reclamos; suponen que esas cosas son del pueblo que no pasó de las primeras etapas de la educación básica y obtuvo empleos de músculo y sudor en vez de aquellos con oficina, aula, laboratorio y cubículo refrigerado. Sucede que la conciencia de clase responde a la imagen del poder, o a la idea de poder que se tiene y de la proximidad que tenemos con ella, y no del hecho de ser asalariados, dependientes del ingreso quincenal que se nos paga por hacer un trabajo de acuerdo con las reglas que dicta un patrón.

El desclasamiento de muchos académicos tiene que ver con la idea de mundo y de autoridad que se tenga. Un mundo jerarquizado despierta el deseo de escalar la jerarquía para acercarse a la “autoridad”, misma que tendemos a justificar porque constituye, de hecho, el modelo que perseguimos profesionalmente y que nos esforzamos en alcanzar: por eso muchos buscan los postgrados y por eso se aceptan las evaluaciones externas, las acreditaciones y las certificaciones. Así que, quienes han alcanzado una maestría o un doctorado pueden suponer que corresponde a otros la protesta y a ellos la espera paciente de las decisiones de la autoridad. Las gallinas de arriba barnizan a las de abajo.


La actual lucha por la seguridad social que se da en Sonora en torno a las pensiones y jubilaciones detenidas ilegalmente por el Isssteson va a triunfar. Y los que ahora la sabotean y desacreditan quedarán como los tristes espantajos que pudiendo formar parte de la solución se contentaron solamente con formar parte del problema. Triste papel.

domingo, 27 de agosto de 2017

El convenio Isssteson-Unison (Razones por las que no debe firmarse)

“El sistema de gobierno más perfecto es aquel que produce mayor suma de felicidad posible, mayor suma de seguridad social y mayor suma de estabilidad política” (Simón Bolivar).

Actualmente la relación entre el Isssteson (Instituto) y la Universidad de Sonora (Unison) en materia de prestación de servicios de seguridad social se rige por un “Contrato de Prestaciones”, suscrito en 1990. En él se establecen las obligaciones tanto del Instituto como de la Unison para que sus trabajadores puedan acceder a los beneficios de la seguridad social en su calidad de empleados de un organismo afiliado. En este tenor, los integrantes de los sindicatos Staus y Steus, así como los empleados de confianza universitarios adquieren el derecho a la protección del Instituto, sin más limitaciones que las establecidas en el citado contrato.

Si bien es cierto que la Ley del Isssteson (Ley 38) fue reformada en 2005, estableciendo nuevas disposiciones, también es cierto que el contrato es el acuerdo de voluntades mediante el cual tanto el Instituto como la Unison aplican la ley en la esfera de sus respectivas competencias. El contrato es, en este sentido, la forma en que se materializa la ley por el tiempo convenido por las partes que, en este caso, es por tiempo indefinido. El contrato es, en consecuencia, un acto jurídico fuente generadora de obligaciones, tanto para el Isssteson como para la Unison.

Considerando que el Instituto ha sido omiso en el cumplimiento del término legal para atender las solicitudes de pensión y jubilación de los universitarios, así como por el deterioro de las condiciones de prestación de la atención médica y el abasto de medicamentos y materiales de curación requeridos en sus servicios de salud, se puede afirmar que viola la ley y el contrato que la materializa. A lo anterior debe agregarse el achicamiento material de sus servicios mediante el proceso de las subrogaciones, con lo que se desentiende de prestar servicios básicos para una buena atención médica, a la par que prescinde de empleados cuya experiencia y compromiso se desperdician y deben buscar otras fuentes de empleo. Las subrogaciones implican ceder espacios públicos a la empresa privada, con lo que el Estado se achica y sus responsabilidades disminuyen. Esto, en cualquier sentido significa un proceso de privatización que avanza sigilosa pero inocultablemente.

Si centramos la atención en el desorden, discrecionalidad y saqueo al fondo pensionario por al menos cuatro mil millones de pesos, podemos señalar que existe una grave irresponsabilidad en su administración y un evidente cuadro delictivo que debe perseguirse por ley. Tenemos una institución deteriorada por la corrupción y la irresponsabilidad, pero también por la complicidad o, por lo menos, la negligencia y falta de interés para encontrar soluciones a los evidentes problemas de dirección y control interno que tiene, y que ahora se da el lujo de querer obligar a los organismos afiliados (que aquí ejemplificamos con la Unison), mediante el tortuguismo en el trámite de las pensiones y jubilaciones, generando un problema que crece cada día, ya que se acumulan más y más solicitudes que, a pesar de haber cumplido los requisitos de ley, duermen el sueño de los justos en algún archivero cubierto de telarañas.

Como queda dicho, la presión que ejercen sus medidas dilatorias tiene el propósito de obligar a los organismos afiliados, como la Unison, a la eventual firma de un convenio “de prestaciones de seguridad social” que modificaría el contrato existente, planteando mayores montos en las cuotas para éstos y sus trabajadores, lo que significa claramente que se pretende hacer pagar a los trabajadores el saqueo de los fondos pensionarios.

De la lectura del contrato vigente se desprende que el Instituto se obliga a otorgar las prestaciones como “seguro de enfermedades no profesionales y de maternidad, seguros de accidente de trabajo y enfermedades profesionales, servicio de reeducación y readaptación de invalidez, actividades que eleven el nivel cultural del servidor público y familia, préstamos a corto plazo, préstamos prendarios para la adquisición de bienes de consumo duradero, jubilaciones, pensión por vejez, pensión por invalidez, pensión por muerte, indemnización global, fondo colectivo de retiro y pensión mínima”, por lo que son absolutamente exigibles por parte de los trabajadores afiliados, y que la responsabilidad de aportar las cuotas y la compensación de las diferencias en los montos a entregar mensualmente al Instituto, son enteramente responsabilidad de la Unison como parte patronal, y de ninguna manera imputables al trabajador, toda vez que la administración universitaria es quien elabora la nómina, hace los descuentos y retiene los impuestos y cuotas correspondientes, y tiene la obligación de gestionar los recursos necesarios tanto para el cumplimiento de sus responsabilidades laborales como de los fines y objetivos institucionales.

La Unison tiene, asimismo, la obligación de realizar las gestiones para garantizar a sus trabajadores el acceso a las prestaciones sociales que brinda el Instituto, según lo establece la Cláusula 141 del Contrato Colectivo de Trabajo firmado con el STAUS, cuyo párrafo primero señala que “todos los trabajadores académicos tendrán derecho a recibir todas las prestaciones que otorga la Ley del Isssteson, sin limitaciones y disminuciones motivadas por la categoría, nivel o duración de la relación laboral. Estas prestaciones serán extensivas a los descendientes directos y cónyuge del trabajador”.  

Entonces, con base en el Contrato de prestaciones Unison-Isssteson y el propio Contrato Colectivo de Trabajo, los trabajadores tienen todo el derecho de exigir la solución pronta y expedita de sus trámites de pensión y jubilación, así como recibir una pensión con el 100 por ciento de los derechos adquiridos; es decir, del 100 por ciento de su salario integrado.


En conclusión, el Instituto y la Unison están obligados a cumplir con proporcionar a los trabajadores afiliados, en la esfera de su competencia, el acceso oportuno y efectivo a las prestaciones señaladas en el contrato con Isssteson, so pena de estar violando las condiciones de este acto jurídico y las del propio Contrato Colectivo de Trabajo, de donde se desprende que no existe obligación alguna de aceptar un nuevo convenio ni se reconoce derecho alguno por parte del Instituto de condicionar la prestación de servicios a la firma de dicho documento. Basta con que cada cual cumpla con la parte que le corresponde.

miércoles, 23 de agosto de 2017

Jubilación a cuenta gotas

La población mundial está en un proceso de envejecimiento que de momento parece imparable y debe considerarse como un gran éxito” (Ana Cabré, Universidad Autónoma de Barcelona).

Existe una larga lista de personas, de trabajadores que por diversas razones iniciaron sus trámites para obtener una pensión o jubilación del Isssteson tras haber dejado el alma y el cuerpo embarrado en el trabajo. El organismo y el ánimo se van agotando y, gracias a la seguridad social, el trabajador puede (y debe) hacerse a un lado y pasar a dedicarse a labores personales, acordes con su condición de adulto mayor.

Si la bondad de la teoría de la seguridad social es reconocida, aceptada y aplaudida por todos los gobiernos, nacional e internacionalmente, y se le han consagrado páginas y libros enteros de reconocimiento y apoyo a sus medidas, en la realidad nuestra las cosas lucen de otra manera. Los 30 días dispuestos en la ley del Isssteson para contestar y decidir una solicitud de jubilación se convierten en 60, 180, 240 o más días de angustiosa incertidumbre, mientras el tiempo sigue corriendo y el derecho de los trabajadores a las pensiones y jubilaciones sigue en el limbo.

Mientras el tiempo pasa, la gente resiente el peso de los años y el desprecio de sus empleadores y del instituto que debiera proteger y respetar sus derechos adquiridos durante décadas de cotizar puntualmente. A pesar de que el dinero de los trabajadores es el que sostiene al Instituto, se dan casos en los que el trabajador queda incapacitado y es dado de baja en su empleo por lo que otra persona ocupa su puesto en el trabajo y en la nómina, sin haberse concedido aún la pensión correspondiente. Es decir, el empleado queda desprotegido porque no le paga ni la empresa ni el Isssteson, pudiendo pasar meses y terribles días sin ingresos y en medio de un vacío administrativo que, prácticamente, es una condena de muerte.

Sin embargo, existe una casta privilegiada que goza de pensiones envidiables para el grueso de los trabajadores. No es raro ver pensiones de más de 100 mil pesos, otorgadas a exfuncionarios estatales que, para colmo, aún están prestando servicios y cobrando sueldos igualmente envidiables: saltaron de la nómina del Estado para cobijarse en la federal y la eventualmente discrecional y generosa del Isssteson.

Tampoco es extraño que exfuncionarios universitarios, por ejemplo, pasen de la nómina institucional a la del Isssteson con “derecho adquirido 100%”, es decir, con todo su sueldo, sin la merma del “sueldo regulador”. ¿Con ellos no aplica el criterio de que, “como les descuentan poco, por eso reciben poco”? Siendo el mismo descuento porcentual, ¿por qué el criterio de otorgamiento de la pensión es distinto? ¿Existe una especie de complicidad entre la administración universitaria y la directiva del Isssteson para favorecer a ciertas personas que, según ha trascendido, ni siquiera estaban en la lista de los más de 150 universitarios con solicitud de jubilación con trámite suspendido?

Se tienen detectados cinco casos de personas que obtuvieron en junio el beneficio de una pensión con el 100 por ciento, de acuerdo con documentos oficiales en nuestro poder, entonces, ¿cómo se sostiene el argumento de que “debe firmarse” un convenio que lo haga posible, pagando básicamente más por lo mismo?

El Isssteson, objeto recurrente del saqueo por la camarilla en turno, debe empeñarse en un serio esfuerzo por poner sus cuentas al día y transparentar sus manejos financieros, así como apremiar al gobierno del Estado para que se proceda urgentemente a implementar un mecanismo financiero que permita solventar sus gastos y recuperar el dinero robado. Cabe recordar que el Estado es el garante y responsable de la seguridad social de los sonorenses, y que cuenta con recursos legales para recuperar los fondos sustraídos, fincar responsabilidades administrativas y penales, hacer eficiente el gasto, mejorar la prestación de servicios y no sólo mantener, sino mejorar las condiciones de jubilación y pensión de los trabajadores.

¿Por qué se opta por salidas facilonas, fincadas en criterios puramente actuariales que resultan absurdos porque el problema es político y humano? ¿Por qué se pretende echar la responsabilidad de la recuperación de los fondos pensionarios a las empobrecidas economías familiares de los trabajadores que cotizan cada semana o cada quincena al Instituto que ahora parece darles la espalda mediante un incremento en sus cuotas? ¿Es culpa de los trabajadores que los patrones, quienes administran la nómina, no cumplan con sus aportaciones al Instituto?

No es raro que, en pláticas, incluso entre sindicalistas, se escuche de repente la manida explicación de que, “como ha aumentado la esperanza de vida, los costos de las pensiones son más altos y por eso ya no alcanza”. De repente el trabajador se coloca en el banquillo de los acusados y, prácticamente, se declara culpable de ejercer un derecho laboral y social adquirido tras décadas de aportar su esfuerzo productivo y sus cuotas a la seguridad social. ¿Se habrán puesto a pensar que, nacionalmente, el gobierno entregó los ahorros de los trabajadores a las administradoras privadas para que hagan el negocio de sus vidas? ¿Sabrán que el monto del ahorro pensionario es de casi tres billones de pesos, y que Hacienda todavía quiere que aporten más a través de incentivar el “ahorro voluntario”? ¿Tendrán idea de que la esperanza de vida es producto de la cantidad y calidad del esfuerzo productivo de los trabajadores aplicado en gasto en ciencia, tecnología e innovación? ¿Alcanzarán a entender que el producto social es posible gracias al trabajo como generador de valor?


Y qué decir del caso Sonora, donde desaparecieron algo así como cuatro mil millones de pesos que debieron dedicarse a la seguridad social, en infraestructura, cuadros de medicamentos, abasto de materiales de curación y medicamentos suficiente y oportuno, cantidad y calidad en la cobertura médica, sueldos y salarios justos para el personal de salud, plazas suficientes y, sobre todo, pensiones y jubilaciones dignas, que garanticen una mejor calidad de vida para quienes han dado su vida laboral al progreso de Sonora. Aquí, los sindicatos y organizaciones gremiales y sociales tienen la obligación suprema de defender los logros y conquistas de los trabajadores. La moneda está en el aire.

sábado, 19 de agosto de 2017

Los organismos y el Isssteson (Parte III)

La injusticia en cualquier parte es una amenaza a la justicia en todas partes” (Martin Luther King, Jr).

Como le he venido informando, el Isssteson (en adelante Instituto) está empeñado en hacer que los costos políticos, económicos y sociales del desfondo perpetrado contra los ahorros de los trabajadores afiliados que, durante 30 años o más, estuvieron aportando cada quincena sus cuotas para garantizar una pensión digna y segura, y que ahora se les hace pasar por una serie de obstáculos a la hora de iniciar trámites para ejercer su derecho a la jubilación, como es el caso actual de la Universidad de Sonora (Unison).

La presión consistente en detener las jubilaciones y pensiones tiene por finalidad obligar a las instituciones como la Unison a aceptar las condiciones que se plasman en un “Convenio de prestaciones de seguridad social” que pretende modificar los derechos y obligaciones entre la Unison y el Instituto.

La Cláusula Segunda del Contrato de Prestaciones Unison-Isssteson vigente (por tiempo indefinido), establece la obligación de la Unison de pagar el “26 por ciento del sueldo básico integrado” del trabajador como contraprestación por los servicios que en cumplimiento de sus obligaciones debe proporcionar el Instituto, mientras que el mismo aspecto se trata en las cláusulas Segunda, Segunda Bis y Tercera del citado Convenio que busca imponer el Instituto, y que en conjunto, alcanza la cifra de 54 por ciento del sueldo básico integrado, distribuido porcentualmente en 36.5 a cargo de la Unison y 17.5 de los trabajadores, cuyo detalle ofrecimos al lector en las anteriores entregas.

En la Cláusula Cuarta del nuevo instrumento, se define el concepto de “Sueldo Básico Integrado”, que reproduzco íntegra:

Para los efectos de lo pactado en el presente Convenio, las partes definen el término “Sueldo Básico Integrado”, como la suma total de todas las percepciones que reciban los empleados en forma permanente y continua, que se origine como remuneración por el trabajo desempeñado como empleados de “El Organismo”, independientemente de la denominación que reciba para efectos contables internos, el cual en ningún caso será menor al salario mínimo mensual vigente; para los efectos del pago de prestaciones en dinero, cálculo de pensiones y demás que impliquen el pago en dinero a cualquier trabajador afiliado de “El Organismo”, se conviene que el sueldo que se tomará en consideración para calcularlo, será el que se tome como base para el pago de las cuotas que “El Organismo” y sus trabajadores cubran a El Isssteson, por lo que será responsabilidad  directa de los trabajadores afiliados y de “El Organismo”, el vigilar que las cuotas se cubran en los términos en que se define al “Sueldo Básico Integrado” en líneas anteriores, pero si no reportaran el pago de las cuotas conforme al mismo, “El Isssteson” únicamente tendrá la obligación de cubrir las prestaciones en dinero de acuerdo al importe que se hubiera tomado en consideración para calcular los porcentajes definidos en la Cláusula Segunda anterior, liberándose por ello de la responsabilidad de cubrir alguna cantidad adicional y para que los trabajadores afiliados de “El Organismo” estén involucrados con el contenido de esta Cláusula, éste se obliga a hacer del conocimiento a los mismos, acerca del contenido del presente y el no hacerlo, no generará perjuicio alguno a “El Isssteson”.

Como se ve, el Instituto dejó pasar 27 años para retomar y detallar el concepto de “Sueldo Básico Integrado”, y ahora que han desaparecido los fondos pensionarios busca transferir los costos de esta aparente laguna a los trabajadores y a la propia institución educativa, y librarse de cualquier responsabilidad de pago una vez que logren que la administración de la Unison manifieste con su firma estar de acuerdo con este claro intento de extinción de derechos adquiridos por los trabajadores y por la propia Unison, ya que desde 1990 está pactado que se deberán entregar las nóminas al Instituto para su verificación, según la Cláusula Tercera del citado contrato, que reproduzco íntegra:

“La Universidad” se obliga a hacer el pago de las prestaciones dentro de los primeros cinco días siguientes al vencimiento de cada quincena, anexándose copia de la nómina real de sueldos, misma que será verificada periódicamente por este Instituto, obligándose “La Universidad” a proporcionar todas las facilidades para tal efecto. En el evento de que las nóminas sobre las cuales se aporta no sean las reales, se suspenderá el servicio, independientemente de los ilícitos en que se puede incurrir de acuerdo a lo establecido en el Código Penal del Estado de Sonora (el subrayado es mío).

Como consta en la memoria institucional y social sonorense, en ningún momento se suspendió el otorgamiento de los servicios médicos y demás prestaciones a que obliga el Contrato. Los trámites, la emisión de dictámenes y el otorgamiento de las pensiones y jubilaciones fluyó en completa normalidad, hasta que el Isssteson evidenció su carácter de caja chica del gobierno en turno y el objeto del saqueo desmesurado del pasado gobierno panista que goza, como muchos casos de corrupción en México, de total impunidad.

En este punto, retomo el texto del párrafo primero de la Cláusula 141 del Contrato Colectivo de Trabajo Unison- Staus: “Los trabajadores académicos tendrán derecho a recibir todas las prestaciones que otorga la Ley del Isssteson, sin limitaciones y disminuciones motivadas por la categoría, nivel o duración de la relación laboral. Estas prestaciones deben ser extensivas a los descendientes directos y cónyuge del trabajador”; asimismo, en el párrafo sexto de esta Cláusula, “la Universidad se compromete a gestionar ante el Isssteson igual trato para los trabajadores académicos con respecto al resto de sus afiliados en lo que concierne a la totalidad de las prestaciones sociales otorgadas por esa Institución. De igual manera la Universidad se compromete a informar mensualmente al Sindicato de las cotizaciones al Isssteson”. Es decir, la administración universitaria es responsable no sólo de gestionar sino de respetar estrictamente los derechos laborales y sociales adquiridos por éstos y que se encuentran plasmados en el Contrato Colectivo de Trabajo.  

 Por lo anterior, ¿con qué cara el gobierno del Estado por conducto del Isssteson va a hacer cargar los costos del desfondo pensionario a la Unison y a sus trabajadores? ¿Cómo podrá la Unison aceptar legítimamente asumir parte de los costos del desfondo y afectar a sus trabajadores, desconociendo y modificando los compromisos plasmados en el Contrato con Isssteson vigente y violando el propio Contrato Colectivo, tanto del STAUS como del STEUS?

Si la Unison, cumplió con su obligación y reportó al Isssteson cada quincena “la nómina real” para su verificación, ¿por qué ahora el Instituto usa este apartado como un arma para incumplir con su obligación de acatar lo dispuesto en el contrato de prestaciones vigente? De haber existido alguna irregularidad e incumplimiento por parte de la Unison, ¿por qué no se actuó de manera consecuente, dentro de la legalidad del compromiso bilateral establecido contractualmente? ¿En qué momento el Instituto dejó de lado el contrato y fue omiso en la verificación de la “nómina real” y el cobro de las cuotas y aportaciones adeudadas? ¿De ser así, es responsabilidad de la Unison la negligencia del Instituto? Al respecto, cabe recuperar el texto de la Cláusula Décima Primera del Contrato Isssteson-Unison que enseguida reproduzco.

“La Universidad” autoriza a la Tesorería General del Estado, para que a solicitud del Instituto se cubran a éste las cuotas y aportaciones adeudadas, más los intereses en caso de mora, así como la recuperación de los créditos concedidos a los trabajadores, con cargo a los subsidios o participaciones correspondientes, ajustándose en cuanto a los montos a las liquidaciones que quincenalmente y por cuadruplicado “La Universidad” envíe al “Isssteson”. Cuando “La Universidad” demore por más de cinco días naturales, contados a partir de los 15 y 30 de cada mes, el envío de la liquidación, el “Isssteson” podrá obtener el pago de las prestaciones directamente de la Tesorería, conforme a los montos de la nómina inmediata anterior.

En virtud de lo anterior, es fácil ver que el reclamo y el interés de Isssteson por la firma de un nuevo instrumento que modifique los términos del actual Contrato de prestación de servicios es espurio, mañoso y absolutamente abusivo, no sólo por el alza reflejada en los nuevos costos de las prestaciones (del 26 pasa al 54 por ciento) sino porque ataría a la Unison al capricho del Instituto en cuanto a futuros incrementos y condiciones que nulificarían su autonomía.

Si las modificaciones que se pretenden hacer a los términos del Contrato no se sostienen legítimamente desde un punto de vista formal, menos lo hacen cuando la atención se centra en los aspectos sociales derivados de una relación laboral legal y legítima, que el Estado debiera proteger. En todo caso, los cargos que hubiera pendientes y los futuros sin solventar deben ser redimidos en apego a la cláusula Décima Primera que arriba se reprodujo. Los ajustes y modificaciones que eventualmente se den por efectos de un cambio en la legislación sobre seguridad social, en todo caso deberán recaer en la Universidad como parte patronal y retenedora de las cuotas de los trabajadores que deben enterarse al Instituto, toda vez que está obligado a proporcionar las prestaciones contenidas en el contrato vigente, entre las que destacan los servicios de salud y las pensiones y jubilaciones, no de manera parcial sino completa.  Esto explica el porqué las demandas por nivelación pensionaria que se han presentado, tarde o temprano se deciden a favor del demandante.       

En conclusión, la Universidad de Sonora actualmente cuenta con un instrumento legal que resuelve de manera completa sus necesidades y obligaciones sobre la seguridad social de sus trabajadores, y no debe ceder ni un milímetro a las presiones del Instituto y, en todo caso, hacer valer el Contrato de Prestaciones Unison-Isssteson.


Por lo anterior, es más que evidente que los trabajadores sindicalizados y de confianza de la institución universitaria tienen el deber político y moral de oponerse a este abuso y exigir el cumplimiento de sus respectivos contratos. La administración, juntamente con el STAUS y el STEUS tienen la palabra y la más alta responsabilidad social. Los ciudadanos sonorenses en general y las organizaciones de trabajadores y de la sociedad civil en particular seguramente estarán atentos a la respuesta de los universitarios.

martes, 15 de agosto de 2017

Los organismos y el Isssteson (Parte II)

                 “Con un poder absoluto hasta a un burro le resulta fácil gobernar” (Lord Acton)

¿Qué diferencia hay entre contrato y convenio? Según la doctora Thalía Denton Navarrete (UAM-Azcapotzalco), “la distinción estriba en que mientras que el contrato crea y transmite derechos y obligaciones, el convenio modifica o extingue derechos y obligaciones; de ahí que se considere fuente generadora de obligaciones sólo al contrato y el convenio en sentido estricto actúa sobre el acto jurídico contrato ya existente, para modificarlo o extinguirlo; el convenio requiere de la celebración previa de un acto jurídico que puede ser un contrato para operar y ampliar su cometido, es decir, las situaciones de modificación  o extinción no pueden darse en la nada jurídica, sino que operan sobre algún acto jurídico como por ejemplo un contrato”.

Lo anterior viene al caso porque el Isssteson (en adelante el Instituto) echa mano de los recursos propios de un pandillero cuando detiene los trámites de las pensiones y jubilaciones de cientos de trabajadores que han cotizado durante al menos 30 años y que, cansados de la brega diaria por enfermedad o simple aburrimiento, se disponen a ejercer su derecho al retiro en condiciones que les permitan conservar el alma pegada al espinazo. Es claro que el trabajador promedio que alcanza el rango de la tercera edad no va a tener las pensiones de privilegio de que gozan los funcionarios públicos y los que pertenecen a la casta dorada de las instituciones como la Universidad de Sonora (en adelante Unison), con sueldos que rondan los 70 mil mensuales y contando, producto de una vida dedicada a pasar de un puesto burocrático a otro en la rueda de la fortuna de cada cuatro años.

La medida de presión, que es todo un bullying laboral, se da en el contexto de que hay nuevo rector en la Universidad de Sonora y los viejos trapos lucen las engañosas galas de un reciclamiento institucional donde básicamente los mismos nombres solamente cambian de puesto. Mientras tanto, en la amplia base laboral, los trabajadores ven, como le comentaba en la anterior entrega, lejana y distante la oportunidad de ejercer el derecho a la jubilación porque al Instituto le importa un rábano que exista un rezago de alrededor de 150 solicitudes que sirven como moneda de cambio para forzar a la Unison a firmar, sin ver la letra chiquita, un instrumento que cambia sustancialmente la relación entre el Instituto y ésta. 

El Contrato de Prestaciones Unison-Isssteson de 1990 está condenado por decreto a sufrir las modificaciones que se acomodan al desorden y opacidad del Instituto, lo cual será posible si la Unison accede a firmar el “Convenio de prestaciones de seguridad social” y el Sindicato de Trabajadores Académicos de la Universidad de Sonora (STAUS) no dice esta boca es mía y no exige el cumplimiento de la Cláusula 141 del Contrato Colectivo de trabajo, referida a “Isssteson: Servicio Médico y Prestaciones”, en particular el párrafo 11, que a la letra dice: “cuando se proponga un cambio en el Convenio que tiene la Universidad de Sonora con el ISSSTESON, referente a la Prestación de Servicios Sociales para sus Trabajadores, la institución acordará con el STAUS los términos en los que se firmará el nuevo Convenio”.

Lo anterior, siendo absolutamente exigible desde el punto de vista ético y legal, recuerda que también existe una obligación institucional que se plasma en el párrafo sexto de dicha cláusula: “La Universidad se compromete a gestionar ante el ISSSTESON igual trato para los trabajadores académicos con respecto al resto de sus afiliados en lo que concierne a la totalidad de las prestaciones sociales otorgadas por esa institución. De igual manera la Universidad se compromete a informar mensualmente al Sindicato de las cotizaciones al ISSSTESON”.

Lamentablemente, a veces se dejan los asuntos importantes por los urgentes y la gestión sindical se ve jalonada por las exigencias de una defensa del contrato que gira en torno a programaciones semestrales y apoyos varios, quedando en segundo plano el renglón de las prestaciones ligadas a la seguridad social que se tienen contratadas con el Instituto. Es hasta este año cuando la voz y presencia de los académicos en vías de jubilación se hizo audible y el tema de los trámites de retiro se puso en la mesa de las discusiones, siempre con la ominosa presencia de un Instituto que ha dado en suscribir acuerdos con la OCDE para hacer más eficientes sus sistemas de ahorro. Curiosamente, la presión sobre los organismos afiliados, como la Unison, se ha hecho más sensible, menos solapada y más descarnada, casi al nivel de “pagas y te vas”, a juzgar por las promesas de regularización de los trámites y la absurda dosificación a cuenta gotas de los dictámenes jubilatorios emitidos. Ha trascendido que la larga lista de solicitantes no se respeta y que es fácil saltarla cuando el afortunado es un burócrata de mediano o alto pelaje. Los demás, los trabajadores de a pie, pueden esperar y, en su caso, morir en el intento. Las telarañas son evidencias palpables de la paz sepulcral que rodea a los expedientes.

Así pues, tenemos un contrato que se pretende sea modificado por un convenio que, sin recato alguno da muestras de ser una especie de cheque en blanco. En la cláusula primera, penúltimo párrafo del convenio dice: “Ambas partes están de acuerdo en que dichas prestaciones y servicios se otorgarán en los términos y bajo las condiciones del presente convenio y conforme a los procedimientos que para tal efecto establece la Ley 38 del Estado de Sonora vigente, sus reglamentos y la normatividad relativa que en ejercicio de sus atribuciones y competencias haya emitido y que en lo futuro emita la H. Junta Directiva de “EL ISSSTESON”, en caso de que no se contengan en el presente” (el subrayado es mío).


Como queda dicho con todas las letras, la Unison y el STAUS quedarían prácticamente secuestrados por el Instituto, sin más salida que las lamentaciones y los recordatorios maternos a quienes hayan suscrito esta renuncia de derechos, a cambio de más por menos. Y, a propósito de esto, ¿usted vería razonable firmar un convenio que extingue derechos y crea nuevas obligaciones a costa del sudor de los trabajadores? ¿Le parece bien que la Unison se obligue a pagar al Instituto 54 por ciento del salario básico integrado de cada trabajador, siendo que ahora paga el 26 por ciento? ¿No le llama la atención que el concepto “pensión mínima” con monto del 2 por ciento que corre a cargo de la Unison, en el nuevo formato desaparezca? ¿Estaría de acuerdo con que los cargos directos a los trabajadores deban pasar del 6 por ciento al 17 y medio por ciento? ¿Usted pagaría con gusto un cargo del 2 y medio por ciento por concepto de “gastos de administración”, y que en el contrato vigente recae en la Unison? ¿Finalmente, estaría usted dispuesto a firmar un documento que lo va a poner a disposición de las ocurrencias de un Instituto que hasta la fecha no ha dicho esta boca es mía en materia de resultados en la recuperación de los fondos que se robaron y que pertenecen a los trabajadores? ¿Usted estaría de acuerdo en que los directivos de la Unison firmaran esta condena de muerte, este abuso inadmisible? Es claro que los trabajadores universitarios tendrán que hacer valer sus derechos, porque son, esencialmente, los de todos los trabajadores de Sonora y el resto del país.