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sábado, 6 de julio de 2019

La propina del SAT



“Los ricos no son como nosotros, pagan menos impuestos” (Peter De Vries).

Según el diccionario, propina se define como “gratificación pequeña con que se recompensa un servicio eventual” (Diccionario usual, RAE), o “gratificación que se recibe directamente del cliente” (Diccionario del español jurídico-RAE). Generalmente la propina es una muestra de la satisfacción del cliente por el servicio prestado, y forma parte del ingreso informal del trabajador del sector servicios, donde destacan los meseros, repartidores y aseadores de calzado, entre otros.

La propina se da como regalo, es una donación monetaria que se otorga porque al cliente se le da la gana. Nadie puede legalmente obligar a la propina porque eso sería asumirse como patrón eventual del empleado que nos atiende en cumplimiento de su obligación contractual, a cambio de un salario establecido por la ley y las prestaciones a que haya lugar.

El hecho de que a usted lo atienda alguien en un negocio de servicios, por ejemplo un restaurante, no supone más obligación que la derivada de una relación eventual, circunstancial y que se da en un entorno donde queda claro que usted como cliente va a que le proporcionen un servicio a cambio de una cantidad de dinero fijada como el precio de los productos servidos más el impuesto correspondiente. Usted llega, demanda ciertos productos, paga y se va, sin más obligación o relación con la empresa o sus empleados.

Siendo así la cosa, no forma parte necesariamente del salario del trabajador que, en estricto sentido, está determinado por la ley y por el contrato entre el empresario y sus empleados. Sin embargo, nos enteramos de que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) pretende aplicar impuestos porque “el artículo 346 de la Ley Federal del Trabajo señala que las propinas recibidas por los trabajadores en hoteles, casas de asistencia, restaurantes, fondas, cafés, bares y otros establecimientos análogos, son parte del salario del trabajador”. En consecuencia, “deben ser consideradas por el empleador para efectuar el cálculo y retención del ISR que, en su caso, resulte a cargo del trabajador…” (El Imparcial, 04.07.2019).

Para documentar el optimismo nacional, cabe aclarar que dicho criterio se estableció durante la presidencia de Ernesto Zedillo Ponce de León y cuyo origen legal se tiene en el gobierno de Carlos Salinas de Gortari, de suerte que, para frustración de los nostálgicos del pasado reciente, no es imputable a López Obrador el citado mamarracho recaudatorio toda vez que es una herencia del neoliberalismo de guarache que azotó y azota aún a la nación.

Lo anterior sin duda despierta serias dudas en el sector empresarial y, desde luego, preocupación entre quienes sirven en restaurantes, bares y giros análogos. De quedar tal cual esta disposición y aplicarse con rigurosa puntualidad, ¿de qué tamaño sería el ingreso real del trabajador convertido en un cautivo sin respiro y sin salida del SAT, hambriento de recursos para la hacienda pública en tiempos de una política que pretende una mejor distribución y redistribución del ingreso nacional?

   ¿Usted como cliente, sería capaz de generarle al servicial mesero un gravamen más a su aporreado ingreso? ¿Optaría por decirle, “ni modo, joven, no habrá propina porque va a ir directo al SAT y tu vas a ganar menos”? Otra posibilidad es la de no cargar la propina en la cuenta y dar aparte, si es posible con sigilo, la cantidad que sea de su santa voluntad. ¿Qué se pudra el SAT?

Mientras se trata de recuperar los miles de millones de pesos regalados a ciertos empresarios por vía de condonación o devolución de impuestos, así como la revisión de la legalidad y consistencia de contratos, facturas expedidas y demás elementos documentales asociados al cumplimiento de obligaciones fiscales, el causante menor, cautivo y vapuleado, debiera tener un respiro en la batalla diaria por el sustento familiar.

Es de esperar que el gobierno de la república revise a fondo el régimen fiscal de todo tipo de causantes, aplicando un criterio de justicia, generalidad y proporcionalidad; y sobre todo, no confundir las patas con el bofe. El causante nacional no está para cargas desproporcionadas o simplemente ridículas. El neoliberalismo de guarache debe quedar, efectivamente, atrás.     

 

  

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