“Con un poder absoluto hasta a un burro le resulta fácil gobernar”
(Lord Acton)
¿Qué diferencia hay entre contrato y
convenio? Según la doctora Thalía Denton Navarrete (UAM-Azcapotzalco), “la
distinción estriba en que mientras que el contrato crea y transmite derechos y
obligaciones, el convenio modifica o extingue derechos y obligaciones; de ahí
que se considere fuente generadora de obligaciones sólo al contrato y el convenio
en sentido estricto actúa sobre el acto jurídico contrato ya existente, para
modificarlo o extinguirlo; el convenio requiere de la celebración previa de un
acto jurídico que puede ser un contrato para operar y ampliar su cometido, es
decir, las situaciones de modificación o
extinción no pueden darse en la nada jurídica, sino que operan sobre algún acto
jurídico como por ejemplo un contrato”.
Lo anterior viene al caso porque el
Isssteson (en adelante el Instituto) echa mano de los recursos propios de un
pandillero cuando detiene los trámites de las pensiones y jubilaciones de
cientos de trabajadores que han cotizado durante al menos 30 años y que,
cansados de la brega diaria por enfermedad o simple aburrimiento, se disponen a
ejercer su derecho al retiro en condiciones que les permitan conservar el alma
pegada al espinazo. Es claro que el trabajador promedio que alcanza el rango de
la tercera edad no va a tener las pensiones de privilegio de que gozan los
funcionarios públicos y los que pertenecen a la casta dorada de las
instituciones como la Universidad de Sonora (en adelante Unison), con sueldos
que rondan los 70 mil mensuales y contando, producto de una vida dedicada a
pasar de un puesto burocrático a otro en la rueda de la fortuna de cada cuatro
años.
La medida de presión, que es todo un
bullying laboral, se da en el contexto de que hay nuevo rector en la
Universidad de Sonora y los viejos trapos lucen las engañosas galas de un reciclamiento
institucional donde básicamente los mismos nombres solamente cambian de puesto.
Mientras tanto, en la amplia base laboral, los trabajadores ven, como le
comentaba en la anterior entrega, lejana y distante la oportunidad de ejercer
el derecho a la jubilación porque al Instituto le importa un rábano que exista un
rezago de alrededor de 150 solicitudes que sirven como moneda de cambio para
forzar a la Unison a firmar, sin ver la letra chiquita, un instrumento que
cambia sustancialmente la relación entre el Instituto y ésta.
El Contrato de Prestaciones Unison-Isssteson
de 1990 está condenado por decreto a sufrir las modificaciones que se acomodan
al desorden y opacidad del Instituto, lo cual será posible si la Unison accede
a firmar el “Convenio de prestaciones de seguridad social” y el Sindicato de
Trabajadores Académicos de la Universidad de Sonora (STAUS) no dice esta boca
es mía y no exige el cumplimiento de la Cláusula 141 del Contrato Colectivo de
trabajo, referida a “Isssteson: Servicio Médico y Prestaciones”, en particular
el párrafo 11, que a la letra dice: “cuando se proponga un cambio en el
Convenio que tiene la Universidad de Sonora con el ISSSTESON, referente a la
Prestación de Servicios Sociales para sus Trabajadores, la institución acordará
con el STAUS los términos en los que se firmará el nuevo Convenio”.
Lo anterior, siendo absolutamente
exigible desde el punto de vista ético y legal, recuerda que también existe una
obligación institucional que se plasma en el párrafo sexto de dicha cláusula:
“La Universidad se compromete a gestionar ante el ISSSTESON igual trato para
los trabajadores académicos con respecto al resto de sus afiliados en lo que
concierne a la totalidad de las prestaciones sociales otorgadas por esa
institución. De igual manera la Universidad se compromete a informar
mensualmente al Sindicato de las cotizaciones al ISSSTESON”.
Lamentablemente, a veces se dejan los
asuntos importantes por los urgentes y la gestión sindical se ve jalonada por
las exigencias de una defensa del contrato que gira en torno a programaciones
semestrales y apoyos varios, quedando en segundo plano el renglón de las
prestaciones ligadas a la seguridad social que se tienen contratadas con el
Instituto. Es hasta este año cuando la voz y presencia de los académicos en
vías de jubilación se hizo audible y el tema de los trámites de retiro se puso
en la mesa de las discusiones, siempre con la ominosa presencia de un Instituto
que ha dado en suscribir acuerdos con la OCDE para hacer más eficientes sus
sistemas de ahorro. Curiosamente, la presión sobre los organismos afiliados,
como la Unison, se ha hecho más sensible, menos solapada y más descarnada, casi
al nivel de “pagas y te vas”, a juzgar por las promesas de regularización de
los trámites y la absurda dosificación a cuenta gotas de los dictámenes
jubilatorios emitidos. Ha trascendido que la larga lista de solicitantes no se
respeta y que es fácil saltarla cuando el afortunado es un burócrata de mediano
o alto pelaje. Los demás, los trabajadores de a pie, pueden esperar y, en su
caso, morir en el intento. Las telarañas son evidencias palpables de la paz
sepulcral que rodea a los expedientes.
Así pues, tenemos un contrato que se
pretende sea modificado por un convenio que, sin recato alguno da muestras de
ser una especie de cheque en blanco. En la cláusula primera, penúltimo párrafo del
convenio dice: “Ambas partes están de acuerdo en que dichas prestaciones y
servicios se otorgarán en los términos y bajo las condiciones del presente
convenio y conforme a los procedimientos que para tal efecto establece la Ley
38 del Estado de Sonora vigente, sus reglamentos y la normatividad relativa
que en ejercicio de sus atribuciones y competencias haya emitido y que en lo
futuro emita la H. Junta Directiva de “EL ISSSTESON”, en caso de que no se
contengan en el presente” (el subrayado es mío).
Como queda dicho con todas las letras,
la Unison y el STAUS quedarían prácticamente secuestrados por el Instituto, sin
más salida que las lamentaciones y los recordatorios maternos a quienes hayan
suscrito esta renuncia de derechos, a cambio de más por menos. Y, a propósito
de esto, ¿usted vería razonable firmar un convenio que extingue derechos y crea
nuevas obligaciones a costa del sudor de los trabajadores? ¿Le parece bien que
la Unison se obligue a pagar al Instituto 54 por ciento del salario básico
integrado de cada trabajador, siendo que ahora paga el 26 por ciento? ¿No le
llama la atención que el concepto “pensión mínima” con monto del 2 por ciento que
corre a cargo de la Unison, en el nuevo formato desaparezca? ¿Estaría de
acuerdo con que los cargos directos a los trabajadores deban pasar del 6 por
ciento al 17 y medio por ciento? ¿Usted pagaría con gusto un cargo del 2 y
medio por ciento por concepto de “gastos de administración”, y que en el
contrato vigente recae en la Unison? ¿Finalmente, estaría usted dispuesto a
firmar un documento que lo va a poner a disposición de las ocurrencias de un
Instituto que hasta la fecha no ha dicho esta boca es mía en materia de
resultados en la recuperación de los fondos que se robaron y que pertenecen a
los trabajadores? ¿Usted estaría de acuerdo en que los directivos de la Unison
firmaran esta condena de muerte, este abuso inadmisible? Es claro que los
trabajadores universitarios tendrán que hacer valer sus derechos, porque son,
esencialmente, los de todos los trabajadores de Sonora y el resto del país.
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