“Huir del vicio es virtud y la
primera condición para ser sabio es no ser necio” (Horacio).
La Suprema Corte de Justicia de la
Nación (SCJN) ha rebasado, el miércoles 04/11/2015, sus propios límites para
despertar el asombro, júbilo, expectación y jolgorio en la comunidad marihuanera
nacional, al conceder histórico amparo de la justicia federal a cuatro personas
(¡cuatro!) para que puedan cultivar y consumir droga con fines lúdicos, es
decir “actividades relacionadas con el juego, como actividad placentera donde
el ser humano se libera de tensiones, y de las reglas impuestas por la cultura”
(Diccionario en línea Deconceptos.com). Sin embargo, la SCJN sigue reconociendo
que la droga es dañina para la salud personal y pública.
En este interesante asunto, los
ministros concedieron el amparo a partir de su “respeto a la decisión
individual” de hacer de su cuerpo y, en consecuencia, su salud, lo que les
viniera en gana, por la suprema razón de que no se debe coartar la
autodeterminación ni obstaculizar el “desarrollo de la personalidad” de los
cuatro adultos promoventes.
Curiosamente, la SCJN no desconoce que
la mariguana es una droga que produce distorsiones en la percepción de la
realidad y que genera problemas psiquiátricos en los consumidores, con lo que
el tema de la libertad individual y “el desarrollo de la personalidad” chocan
frontalmente con la responsabilidad de las autoridades en materia de bienestar
y salud pública.
Siendo como lo es un asunto que reviste
importancia nacional, parece que los magistrados actuaron llevados por un
arranque de frivolidad, pasando por alto al Poder Legislativo y a la comunidad
científica, así como la experiencia del sector salud, con lo que ponen frente
al interés de más de 100 millones de mexicanos el de cuatro personas que
quieren producir y quemar mota libremente para divertirse. ¿Es legítimo el
interés de los adictos, de cara a una posible legalización del consumo de
enervantes para fines “lúdicos”, en oposición a una población de consumidores
potenciales cada vez más joven y vulnerable? ¿Qué interés defendieron los
magistrados en realidad?
La noticia del fallo no puede menos que
despertar dudas acerca de las bondades de una argumentación basada en el hedonismo
más pedestre, carente de sentido si se considera que el uso de una droga sólo
puede justificarse por sus beneficios y potencialidades terapéuticas. ¿Cuándo
se consultó a los psiquiatras y psicólogos clínicos? ¿Por qué no se tomó en
cuenta a los profesionales que trabajan en la rehabilitación de adictos?
¿Consideraron irrelevante la amplia experiencia de los Centros de Integración
Juvenil; de los cuerpos y programas especializados en orientación a estudiantes
y jóvenes en general? ¿Les pareció ocioso considerar los riesgos e impactos de
las drogas en los niños y adolescentes, sobre todo de familias de escasos
recursos, víctimas tanto de la marginación económica como educativa?
El argumento de la libertad, la
autodeterminación y el desarrollo de la personalidad no puede tener sustento
sin considerar el entorno social, los valores y principios que la sociedad
reconoce y postula como trascendentes, habida cuenta que no son valores
absolutos, sino sujetos a determinantes socio-históricos que los fundamentan y
dan contenido y vigencia. No somos entidades robinsonianas (aisladas, como
Robinson Crusoe) sino sujetos interactuantes en y con el conjunto, en
relaciones cotidianas intra e intersubjetivas. La función del Estado es el bien
común, no la autosatisfacción privada de vicios y compulsiones. Sin duda, las
adicciones son problemas de salud, y en este sentido la Corte debió ser
prudente y reflexiva.
Las puntadas de Fox |
Es inevitable recordar el interés de
Vicente Fox en el tema, visto como una promisoria oportunidad de negocios a costa
de la adicción de sujetos que pagarían por su consumo de droga en locales
legalmente establecidos y sujetos a la vigilancia fiscal. ¿El eventual cobro de
impuestos justifica generar un espacio económico formal cuya materia prima es
un enervante que, como tal, afecta los sentidos del consumidor y genera
distorsiones que pueden ser graves en su conducta? ¿Les parece que defienden
derechos humanos al permitir que algunos se intoxiquen “lúdicamente”? ¿No
consumir droga afecta el desarrollo de la personalidad? ¿La drogadicción es
expresión de la libertad individual? ¿Qué tipo de “personalidad” es la que fomenta y protege la SCJN en un
país con gravísimas carencias?
Tanto la planta del cáñamo como la
amapola tienen cualidades terapéuticas que el país bien puede aprovechar como alternativa a otros
medicamentos en beneficio de quienes padecen alguna enfermedad dolorosa, pero
autorizar en un caso particular su uso “recreativo” es ridículo. La
intervención de la SCJN aunada al interés de personajes como Aspe, Castañeda o
Aguilar Camín sugiere que la posible legalización está dentro de las
expectativas comerciales de los satélites del oportunismo salinista.
En el caso de Sonora, la posición del
gobierno estatal debiera ser firme, en defensa de la salud pública de los
sonorenses, antes que declarar una neutralidad ficticia ante decisiones no sólo
de dudosa responsabilidad sino socialmente problemáticas. Es trágicamente
incongruente hablar de educación para la salud de nuestros jóvenes sin al menos
cuestionar, como gobierno de un estado “libre y soberano”, el criterio de la
Corte. ¿Cómo es posible que se trivialice la observancia de la ley? ¿Las normas
pueden tener un uso lúdico?
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