“Desgraciada la
generación cuyos jueces merecen ser juzgados” (El Talmud).
Diversos medios periodísticos han
referido supuestas transferencias millonarias al ministro de la Suprema Corte
de Justicia de la Nación (SCJN), Eduardo Medina Mora, hechas a cuentas tanto de
Estados Unidos como de Gran Bretaña sin que exista justificación para ello. Se
sospecha, según reporta el periodista Salvador García Soto en su columna
“Serpientes y Escaleras” (El Universal, 5.06.2019), que pueden ser pagos por
sentencias emitidas en la SCJN, lo que pondría, o debiera poner, en la mira
de la justicia federal al presidente de la Sala Segunda del máximo tribunal
mexicano.
Cabe recordar que el citado ministro es
producto de la época prianista en el poder público y que en más de una ocasión
fue señalado como “violador de derechos humanos” (Proceso, 10. 03.2015) y “protector
de narcotraficantes” (El Imparcial, 21.11.2018), además de ser el ministro que
atrajo los expedientes y fue ponente en el caso de las demandas por nivelación
de pensiones contra el ISSSTESON, en un fallo a favor de este organismo y en perjuicio
de muchos derechohabientes pensionados y jubilados de Sonora, debido a una muy
desaseada interpretación de la ley que fue celebrada por las autoridades
locales como un logro y un respiro para las saqueadas arcas del citado
organismo.
Si en enero nos encontramos con el
citado bodrio legal que ignoró los cientos de casos resueltos a favor de los jubilados
demandantes, la Junta Directiva del ISSSTESON tuvo a bien aplicar el mismo
criterio jurisprudencial de Medina Mora (referido a la nivelación de pensiones)
al monto de la pensión que deberían recibir los trabajadores a partir del 28 de
febrero, de tal manera que los trabajadores universitarios jubilados el 1 de
mayo vieron reducida su pensión al 29 por ciento.
Como usted sabe, tal medida de presión
estuvo enfocada a obligar a la UNISON a firmar un convenio modificatorio del
entonces vigente contrato de prestación de servicios de seguridad social,
pesando la amenaza de “desafiliar” a los trabajadores si no se firmaba dicho
convenio, lo cual se logró el pasado lunes 3, quedando demostrado una vez más
que en Sonora puede más la política dictada desde el poder que la legalidad y
la justicia.
Ante hechos consumados, los opositores al
nuevo convenio deben esperar a que surjan las reclamaciones de afectación
personal por el cambio en las condiciones de acceso a la seguridad social, de
acuerdo a lo dispuesto en el convenio modificatorio, ya que persigue fines
eminentemente recaudatorios en los términos de una ley cuya aplicación tiene
visos de ser retroactiva y, por tanto, ilegal, dado que afecta a personas cuyo
ingreso laboral a la UNISON es de fechas anteriores a 2005, año en que se
reforma la ley 38 del ISSSTESON que sólo tendría efectos justificados en las
generaciones de trabajadores con fecha de ingreso posterior a ese año y que, en
consecuencia, cumplirían con los 35 años de cotización hasta 2040.
En otras palabras, el nuevo convenio
obliga a la UNISON y sus trabajadores a pagar por más tiempo una mayor cantidad
de dinero por concepto de cuotas y aportaciones, lo que ofrece la posibilidad
de que haya quienes se consideren afectados por haber ingresado a trabajar bajo
otros supuestos legales, mismos que están contemplados en la ley 38 anterior a
2005 y al contrato de prestación de servicios vigente hasta este 3 de junio y
que, por ese concepto, puedan intentar promover algún recurso legal contra
disposiciones que consideren lesivas a sus intereses legítimos, empezando por
la aplicación retroactiva de la citada ley.
En este orden de ideas, las
organizaciones sindicales probablemente se verían en la obligación de recoger
las inconformidades y demandas de sus agremiados derivadas de la aplicación de
las nuevas disposiciones del convenio, lo cual se pudiera reflejar en el
contenido y la forma de sus reclamos ante la autoridad universitaria y que
ésta, a su vez, se viera en la necesidad de plantear, como parte contratante,
objeciones y propuestas de cambio al citado convenio suscrito con ISSSTESON.
En este contexto, quizá se entienda que
la opción de respetar el contrato de marzo de 1990 tenía sus bondades y que
hubiera bastado con que la UNISON reportara la nómina real como base para los
descuentos, de acuerdo a su obligación legal, para evitar el despropósito de la
retroactividad en la aplicación de la ley, la obscena agresión a los
universitarios y el descrédito de dar por buena una aberración legal como es la
ofrecida por el ministro Medina Mora en el caso de las nivelaciones de
pensiones y la no menos criticable decisión de la Junta Directiva del ISSSTESON
de aplicar ese criterio en el caso del sorpresivo recorte al monto de las
pensiones, cuestión que, como queda dicho, se plasmó en su acuerdo de fecha 28
de febrero del presente y que se aplicó como amenaza y medio de coacción a la comunidad
universitaria.
El ministro favorito de la gobernadora
del Estado y del director del ISSSTESON está bajo los reflectores de la opinión
pública, por la extendida sospecha de que algunas de sus decisiones en la SCJN
pudieran haber obedecido a intereses ajenos a la legalidad. Sin duda es un
escenario complicado que pone en entredicho la probidad de los integrantes del
poder judicial de la nación a pesar de que hasta la fecha sólo existan indicios
y advertencias de la inteligencia financiera de otros países y todavía ninguna
denuncia formal en México contra el ministro Medina Mora, ave de tempestades
por lo que parece ser una inclinación personal a la interpretación facciosa de
las normas jurídicas en beneficio de la leperada y el engaño. Pero a cada uno
se le llega su día. Esperemos.
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