sábado, 25 de mayo de 2019

¿Atrapados y sin salida?



“Olvidar nuestro propósito es la forma más común de estupidez” (Federico Nietzsche).

Como es del dominio público, las autoridades universitarias (UNISON) y del Isssteson han firmado una minuta de trabajo donde se dan las premisas para la firma de un convenio modificatorio del contrato de prestación de servicios vigente suscrito en 1990 y cuyas bases se encuentran en lo dispuesto en la Ley 38 anterior a la reforma de 2005. Este contrato establece los derechos y obligaciones de las partes contratantes, estableciendo el porcentaje que deberán pagar por concepto de aportaciones y cuotas la UNISON y sus trabajadores, por lo que el convenio que se presenta para firma tiene el objetivo de ajustar el actual contrato a los porcentajes, años y base de cotización que establece la ley reformada. Lo anterior, como es fácil deducir, significa una carga adicional al presupuesto universitario y al ingreso de los trabajadores.

Lo anterior es particularmente grave si consideramos los topes salariales existentes que en los hechos sitúan el ingreso de los trabajadores por debajo de la inflación (recordemos que en abril la inflación se situó en 4.41 por ciento mientras que el incremento al salario fue de 3.38 por ciento), y que el gobierno del estado ha entregado de menos la parte del subsidio a la UNISON que le corresponde, adeudando hasta la fecha 538 millones de pesos. Estamos ante el caso de que el gobierno en los hechos recorta el subsidio universitario mientras que exige a la institución mayores cargas a través del Isssteson.

En este contexto, ha sido constante el reclamo del Isssteson de que la UNISON “paga de menos” e incluso se señala un adeudo que rebasa los mil millones de pesos y que es la “única” institución que se ha resistido a cumplir con la ley reformada. Sin embargo, Luis Antonio Castro Ruiz, Secretario General del Sutspes dijo que “no sólo la Universidad de Sonora no paga las cuotas y aportaciones completas al Isssteson, en otros 139 convenios con organismos descentralizados hay irregularidades”, puntualizando que “sólo su organización y el SNTE cumplen con el 27 por ciento para las pensiones”, (Uniradio Noticias, 22-05-2019). Lo cierto, estimado lector, es que la UNISON ha pagado siempre lo que debía pagar de acuerdo con el contrato vigente.

Sucede que el contrato establece las reglas de la relación entre el Isssteson y la UNISON y obliga a las partes a su estricto cumplimiento, de suerte que se ha convertido en un objeto del deseo para el gobierno y han pugnado de muchas maneras por su modificación, sea amenazando o suspendiendo los servicios, lentificando el trámite para las pensiones y jubilaciones, aplicando acuerdos de reducción de las pensiones carentes de fundamento legal y, desde luego, generando una idea falsa acerca de la UNISON porque la ubica como una institución que incumple con la ley y los compromisos financieros establecidos en ella. Nada más falso.

Usted seguramente sabe que las normas jurídicas no pueden aplicarse retroactivamente, que un contrato o un convenio son acuerdos de voluntades que establecen la forma de relación y los derechos y obligaciones entre las partes contratantes las cuales se obligan a sujetarse a las bases que ellas mismas han establecido, de suerte que la modificación de la ley no necesariamente obliga o implica la modificación del contrato, salvo acuerdo entre las partes. En este orden de ideas, la UNISON no está obligada en ninguna circunstancia, a plegarse a una voluntad que no es la suya y el Isssteson carece de autoridad legal para obligar a su contraparte. Será por eso por lo que ha presionado públicamente a la UNISON, ha incurrido en difamación y calumnia, ha incumplido con la parte que le corresponde del contrato y ha desplegado una campaña mediática contra la imagen y prestigio de la Institución universitaria. Lo que parece ser el colmo ha sido la amenaza de “desafiliación” que pesa sobre los universitarios si no se accede a la firma del citado convenio modificatorio.

Ahora muchos repiten que no tiene caso aferrarse a un “convenio” de 1990 porque muchas cosas han cambiado y que hay que actualizarse forzosamente, en una declaración de debilidad, miedo y desinformación que se convierte en escudo y garrote contra cualquier oposición a la idea de rendir la plaza a la arbitrariedad. Lo cierto es que la validez de una norma no depende de su antigüedad sino de su capacidad de preservar derechos, valores y principios. Ciertamente las normas no son inmutables, pero los cambios siempre deben estar en consonancia con los fines que les dieron origen.

La rectoría de la UNISON se ha visto obligada a suscribir una minuta de trabajo que abre un compás de espera para que dicho instrumento se convierta en un convenio que cambie las condiciones de la relación entre el Isssteson y la UNISON, cuestión que ha alterado el ánimo de muchos universitarios difícilmente dispuestos a dar la batalla contra lo que es evidentemente un acto arbitrario y claramente ilegal. De firmarse un nuevo convenio, se estaría dando entrada a una seria violación al estado de derecho, porque se estaría admitiendo la aplicación retroactiva de la Ley 38 reformada. Esta sería la generación de universitarios que dan por hecha la ilegalidad y la violación de derechos consagrados en la propia constitución y los acuerdos internacionales en los que México toma parte.

Resulta difícil admitir un escenario en donde los hijos de una institución donde se cultiva la inteligencia en busca de mejores condiciones para la sociedad de hoy y el futuro, prefieran no dar la batalla bajo el supuesto de que aunque les asista el derecho y estén dentro de la legalidad pero como el gobierno no respeta la ley ni los derechos adquiridos, ¿para qué desgastarse en una lucha que se advierte perdida?

Aquí resulta obligado preguntar ¿dónde quedó el apoyo universitario a las promesas de la 4ª. Transformación? ¿De qué manera se va a contribuir la lograr un ambiente justo, legal y comprometido con los derechos de los trabajadores si se cede a las presiones del gobierno neoliberal? ¿Dónde queda el principio constitucional de no retroactividad de las normas? ¿La legalidad se defiende solamente cuando es fácil, cómodo y conveniente hacerlo o cuando es no sólo necesario sino justo? La moneda universitaria está en el aire.


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